Costa Rica: Síntesis del Sistema de Salud Actual (I)
Organización general
El sistema público de servicios de salud está formado por:
- El Ministerio de Salud (MS), que efectúa la rectoría y vigilancia sectorial, y adelanta programas de promoción y prevención de la salud.
- El Consejo Nacional del Sector Salud (CNSS), instancia de concertación a través de la cual se deciden acciones sectoriales para atender problemas y asuntos de salud pública de interés nacional,.
- La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), que tiene a cargo el aseguramiento de salud que incluye atención médica integral a las personas, prestaciones en dinero y prestaciones sociales;
- El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), que se encarga de proveer y regular la provisión del agua de consumo humano y la eliminación de aguas residuales;
- El Instituto Nacional de Seguros (INS), que cubre los riesgos y accidentes laborales y de tránsito;
- La Universidad de Costa Rica: que se encarga de la Formación de profesionales de salud en el pre y posgrago en el País, y
- Los gobiernos municipales.
El MS forma parte del Poder Ejecutivo y, en conjunto con el CNSS, le corresponde la coordinación del sector. En tanto que la CCSS, el INS y el AyA son organismos públicos descentralizados y semiautónomos, con ley y patrimonio propios, dirigidos cada uno de ellos por una Junta Directiva y el Presidente Ejecutivo.
El Aseguramiento
El aseguramiento público de salud.
Por mandato constitucional y de acuerdo a la Ley de Universalización del Seguro de Salud de 1961, la CCSS debe proveer el seguro de salud y maternidad a toda la población, pero dado que este solo es obligatorio para los asalariados, a partir de 1975 se desarrollaron otras modalidades para facilitar la incorporación de otros segmentos poblacionales:
- El seguro voluntario para trabajadores no asalariados creado en 1975;
- Los pensionados de la CCSS y de los regímenes especiales se incorporaron en 1976;
- El Seguro con cargo al Estado para incorporar a las familias más pobres en 1984;
- Convenios Especiales para asegurar colectivamente a trabajadores independientes agrupados en organizaciones gremiales a mediados de los años 80
A pesar de lo anterior, el censo de población del 2000 reveló que solo el 81,8% de la población esta asegurada, por lo que el 18,2% de la población carece formalmente de un seguro de salud. Aunque los no asegurados pueden utilizar los servicios públicos de salud, en la práctica ello implica vencer barreras de tipo administrativo y económico que les limita el acceso a dichos servicios.
En su modalidad obligatoria el seguro de salud es financiado en forma tripartita de acuerdo a los siguientes montos: patrones 9,25%, trabajadores 5,50% y Estado 0,25%, para un total de 15%. En las otras modalidades de aseguramiento las tasas de cotización son mucho menores al 15% por lo que los trabajadores asalariados y sus patrones son los que subsidian en gran medida a las otras categorías, lo cual es congruente con el principio de solidaridad; en todos los casos el seguro se extiende al grupo familiar básico.
Coberturas del seguro de enfermedad general y maternidad
El seguro público de salud cubre los riesgos de enfermedad y maternidad a toda su población asegurada a través de 5 programas (definidos a mediados de los años noventa, en el contexto de la reforma sectorial y a partir del análisis de la situación de salud nacional en el que se identificaron 12 necesidades prioritarias) dirigidos a niños, adolescentes, mujeres, adultos y adultos mayores que además de acciones de fomento incluyen actividades de protección y asistenciales que garantizan la prestación de servicios médicos básicos y especializados, tanto ambulatorios como hospitalarios, de laboratorio, de provisión de medicamentos y de atención dental básica a través de una red de establecimientos propios y contratados.
El aseguramiento complementario
Para las cubrir los riesgos de Accidentes de Tránsito y de Enfermedad Laboral el Estado desarrolló un sistema de aseguramiento complementario administrado por el INS, con un costo adicional para los ciudadanos y cuya cobertura es limitada por lo que llegado al máximo de gasto establecido, se transfiere la responsabilidad de atención a la CCSS. Para garantizar estas coberturas el INS cuenta con servicios de atención propios pero de capacidad resolutiva reducida, por lo que debe contratar servicios a empresas privadas.
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